Bienvenido al sitio web de la Conciliación de Guitron v. Serta CIPA.

Todas las personas físicas que figuran en los registros de Serta, Inc. y Serta Simmons Bedding, LLC (“SSB” o “Demandada”) con un número de teléfono con prefijo de California que hayan tenido una o más conversaciones telefónicas con representantes de SSB en cualquier momento durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 2023 y el 9 de julio de 2025, ambas fechas inclusive, en una línea que pudo haber sido grabada sin una notificación automática de grabación de llamadas, podrían tener derecho a recibir hasta $5,000.00 de una conciliación de demanda colectiva (la “Conciliación”) en la demanda antes mencionada (la “Demanda”), dependiendo del número y la validez de las reclamaciones recibidas. Quedan excluidos del grupo del acuerdo todos los abogados y empleados de los abogados del grupo del acuerdo, cualquier funcionario judicial a quien se haya asignado este caso y las personas que decidan válidamente excluirse del acuerdo siguiendo los procedimientos aquí establecidos.

Usted es Miembro del Grupo de Demandantes si es una persona con un número de teléfono con prefijo de California que tuvo una conversación telefónica con uno o más representantes de la Demandada durante el Período del Grupo en una línea que pudo haber sido grabada sin una divulgación automatizada de grabación de llamadas.


Sus derechos legales y opciones en esta Conciliación

Participar en la conciliación

Si desea recibir un pago de la Conciliación, lea este Aviso para obtener información sobre cómo presentar una reclamación. Si usted no presenta un Formulario de Reclamación a más tardar el 7 de enero de 2027, no recibirá ningún Pago de la Conciliación.

Excluirse de la Conciliación

Si usted no desea participar en la Conciliación, debe enviar una carta en la que solicite la exclusión con fecha de franqueo postal no posterior al 8 de diciembre de 2026o, de lo contrario, quedará vinculado por la Conciliación y renunciará a cualquier reclamación que pueda tener contra la Demandada en relación con la conducta alegada en la Demanda.

Objetar la Conciliación

Si desea oponerse a la Conciliación, debe seguir las instrucciones en este Aviso. La fecha límite para presentar una objeción por escrito es el 8 de diciembre de 2026. Si presenta una objeción oportuna por escrito, también puede indicar en la objeción si desea comparecer ante el tribunal y ser escuchado en el momento de la audiencia de equidad definitiva. Puede presentar una objeción en la audiencia independientemente de si presenta una objeción por escrito.

No hacer nada

Si no hace nada con respecto a este Aviso, no recibirá ningún Pago de la Conciliación y quedará sujeto a los términos de la Conciliación, incluida la exoneración de reclamaciones descrita más adelante.


Estos derechos y estas opciones—y las fechas límite para ejercerlos—se explican en el Aviso disponible aquí